Este régimen está pensado para quienes tienen emprendimientos chicos o de baja facturación. Permite pagar en una sola cuota los aportes a BPS y DGI, simplificando las obligaciones. Aplica tanto a actividades en la vía pública como en pequeños comercios o locales.
Solo determinadas actividades pueden acceder a este régimen. Podes consultar el listado completo de actividades habilitadas en la web del BPS, haciendo clic aquí.
Los aportes van dese los $ 1.019 mensuales, dependiendo la situación de cada contribuyente. Podes ver mas detalle aquí.
El régimen de IVA mínimo aplica a pequeños emprendimientos que usan tanto capital como trabajo y que tienen ingresos anuales menores a 305.000 UI. ($ 1.881.759 para el año 2025)
Este régimen implica el pago de una cuota mensual fija a la DGI, la cual se duplica cada 12 meses. El monto a abonar es de $1.415 el primer año, $2.830 el segundo y $5.660 a partir del tercero en adelante.
Este régimen aplica a quienes obtienen rentas generadas por la combinación de capital y trabajo, es decir, personas que prestan servicios profesionales o técnicos de forma independiente.
Los contribuyentes deben realizar pagos bimensuales de IVA e IRPF. Las rentas estarán gravadas por IVA según la naturaleza de la actividad, pudiendo corresponder una tasa del 10% o del 22%. Además, podrán deducir del IVA ventas el IVA compras generado en el mismo período, siempre que las adquisiciones estén directamente relacionadas con la actividad.
Para el cálculo de los anticipos de IRPF, se puede utilizar el siguiente cuadro de referencia elaborado por DGI: Descargar cuadro de anticipos IRPF.
El régimen general abarca a las empresas o unipersonales que superan los límites de facturación de los regímenes anteriores o que, por el tipo de actividad que realizan, deben tributar IRAE en lugar de IRPF.
En este caso, los contribuyentes deben liquidar IVA todos los meses y, además, tributan IRAE, que puede determinarse de dos formas:
IRAE ficto: el impuesto se calcula sobre una renta estimada, que representa un porcentaje fijo de la facturación. Es una modalidad más simplificada, ya que no exige contabilidad completa.
IRAE real: el impuesto se determina sobre la ganancia efectiva de la empresa, permitiendo deducir gastos e inversiones vinculadas a la actividad, aunque requiere una gestión contable más detallada.
Esta fue una guía rápida de los distintos regímenes de tributación disponibles en Uruguay, pensada para que tengas una visión general de las opciones y sus principales costos.
Cada caso tiene sus particularidades, por lo que siempre es recomendable consultar con un contador de confianza antes de elegir el régimen más adecuado para tu actividad.
Una buena planificación desde el inicio puede ayudarte a ahorrar dinero, evitar inconvenientes y hacer crecer tu negocio de forma ordenada.